Protección del trabajador

Parece que la justicia ha adoptado una actitud de protección del trabajador frente a los excesos de algunas empresas en materia de control horario y abuso de horas extras impagadas. Todo ello en plena controversia con este tema.

Una reciente sentencia del TSJ de Canarias ha abierto una brecha en la tradicional posición que venía manteniendo el Tribunal Supremo ante las reclamaciones de horas extras no pagadas por parte de los empleados.

Ante la tradicional posición de que el trabajador debía aportar pruebas de este extremo, el tribunal canario opta por revertir la carga de la prueba en compañías en las que las horas extras (pagadas o no) son frecuentes. Así, si el trabajador puede aportar una mínima prueba, será la compañía quien deba demostrar la legalidad de su actuación.

Esta sentencia supone un cambio importante, y si se consolida el cambio de tendencia, supondría una variación sustancial en los casos que se presentan. La actitud llevada hasta ahora por el supremo, obligando al trabajador a aportar pruebas contundentes, acababa haciendo decaer muchas demandas. Esta decisión da ventaja procesal al trabajador. El TSJ Canarias precisa que solo se aplicará cuando las horas extras sean práctica habitual, no esporádica.

Según la EPA, más del 50% de los trabajadores asalariados hace jornadas de más de 40 horas, de ellas el 50% sin remuneración.

Lea la sentencia en el enlace.

http://www.poderjudicial.es/search/indexAN.jsp?org=ap-tsj&comunidad=05

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