Condena de un juez a una empresa por falsear el control horario

La afectada, se encontraba trabajando a título de auxiliar de peluquería, con contrato a tiempo parcial de seis meses y vinculación formativa. En este contrato se recogían las condiciones del acuerdo, correspondiendo a 24 horas semanales con un sueldo aproximado de 680 euros.

Pero la realidad era diferente, pues la jornada trabajada excedía el contrato por 11 horas semanales, horas que además no cobraba.

Por otro lado, los hechos prueban que el contrato se firmó después de comenzar a trabajar en el centro y refleja que la empleada pasó a realizar funciones de mayor responsabilidad, tomando el cargo de oficial de peluquería y estética.

Un año después de firmar, su jefa le informó de manera verbal que estaba despedida, justo al finalizar su contrato laboral.

 

Ante esta situación, la empleada decidió denunciar declarando que trabajaba a jornada completa con un contrato parcial y además, que la dueña obligaba al personal a falsear los registros horarios.

Frente a estas acusaciones, la empresa alegó que tan solo se trataba de una finalización de contrato y no de un despido improcedente.

El caso llegó al juzgado de lo Social nº 3 de Ciudad Real, que analizó las pruebas y testimonios.

La sentencia expuso que, el contrato temporal es una excepción a la regla general de la relación laboral indefinida y, es necesaria una causa justificada para este tipo de contratación. En este caso, no se considera que la causa determine el motivo.

Otro de los motivos de fraude encontrados, fue la vinculación formativa que se refleja en los contratos, sin que la empresa pueda probar que se ha realizado ningún tipo de formación. Teniendo en cuenta además, que la empleada fue ascendida durante su tiempo en la empresa.

Por otro lado, el finiquito entregado a la empleada estaba basado en el artículo 49 del ET (Estatuto de los Trabajadores), criterio que no se aplica en los casos de interinidad y contratos formativos.

Cada uno de estos factores, hacían más patente que las bases del contrato no se ajustaban a la realidad.

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